Comunicado. La Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) publicó la prohibición de la venta, distribución, fabricación, publicidad y uso de todos los complementos alimenticios y energéticos de la empresa OZT Comércio Atacadista Especializado em Produtos Ozonizados Ltda. (CNPJ 38.540.165/0001-29).
La medida también incluye la incautación de productos a los que se les ha añadido ozono, un tipo de gas cuya seguridad como componente de complementos alimenticios y bebidas líquidas listas para consumir, como las energéticas, aún no ha sido evaluada. Actualmente, la autorización para el uso de ozono se limita a su uso como desinfectante en el tratamiento de aguas.
Además, se han estado emitiendo anuncios de estos alimentos con indicaciones terapéuticas y afirmaciones funcionales y sobre la salud que no han sido aprobadas, como la afirmación de que el producto "ofrece apoyo nutricional para el funcionamiento saludable de los sistemas digestivo, hepático, ocular y cardiovascular".
Es importante aclarar a los consumidores que las declaraciones autorizadas para los complementos dietéticos se refieren a las funciones metabólicas de los nutrientes o sustancias en el organismo cuando se consumen como parte de una dieta. Ninguna de las declaraciones aprobadas para alimentos está asociada a fines medicinales o terapéuticos, que son exclusivos de los medicamentos y deben estar científicamente probados.
Los suplementos dietéticos deben cumplir con las reglas de composición e ingredientes permitidos, según lo establecido por la Resolución de la Junta Colegiada (RDC) 843/2024 y la Instrucción Normativa (IN) 281/2024. Además, solo pueden hacer declaraciones permitidas por la ley (Instrucción Normativa 28/2018).
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