Cofepris emite alerta sanitaria por falsificación y adulteración una marca de tequila

Comunicado. La Cofepris informó sobre la falsificación y adulteración del producto TEQUILA reposado de la marca GRAN CENTENARIO AÑEJO con número de lote L 061 24 de 950 mL.

La alerta sanitaria se emitió derivada de las acciones de control sanitario y de la

comparecencia con la empresa Casa Cuervo S.A. de C.V., titular de la marca, quien

identificó las irregularidades del producto. El producto falsificado y adulterado se comercializó a través de plataformas de venta en línea e incumple con las especificaciones establecidas en la “NOM-142-SSA/SCFI-2014. Bebidas alcohólicas: especificaciones sanitarias, etiquetado sanitario y comercial”. Por ello, representa un riesgo para la salud de la población, ya que se desconocen las materias primas empleadas, así como las condiciones de elaboración envasado, almacenamiento y distribución.

Cabe destacar que la presente alerta aplica únicamente para el producto TEQUILA

reposado de la marca GRAN CENTENARIO AÑEJO con número de lote L 061 24 y

contenido neto de 950 mL, con las siguientes irregularidades: etiqueta frontal carece de relieve y el tapón presenta desprendimiento.

Por lo anterior, la Cofepris emite las siguientes recomendaciones:

A la población en general: antes de adquirir cualquier bebida alcohólica, realizar una inspección física del producto, el cual debe tener:

- Etiqueta con buena calidad de impresión, sin faltas de ortografía o mal pegadas.

- Marbete y QR por parte del SAT en el cuello de la botella o en la etiqueta.

- Precintos y sellos sin alteraciones, roturas o con exceso de pegamento.

- Tapas sin movilidad al girar o con fugas del contenido.

- Además, la botella no deberá tener sin golpes o ralladuras.

Respecto a la etiqueta del producto, debe de contar con: nombre del producto, país de origen, porcentaje de alcohol (% Alc. Vol.), número de lote, nombre y domicilio del fabricante, envasador, importador, leyendas precautorias conforme a lo establecido en el artículo 218, de la Ley General de Salud, como “El abuso en el consumo de estos productos es nocivo para la salud”.

A los distribuidores: contar con la documentación, así como las facturas correspondientes que comprueben la legal adquisición y comercialización de los productos.

 

 

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