Agencias. Los consumidores panameños comenzarán a encontrar una nueva señalización en los supermercados y comercios del país tras la entrada en vigor de una nueva ley que obligará a diferenciar claramente los productos alimenticios originales, los sucedáneos y las imitaciones, una medida que busca fortalecer el derecho a una compra informada y reducir las prácticas que puedan inducir a error.
La disposición fue promulgada mediante la Ley 543 del 07 de julio de 2026, publicada en la Gaceta Oficial, y establece nuevas obligaciones para fabricantes, importadores y establecimientos comerciales respecto a la forma en que estos productos deberán ser identificados y exhibidos al público.
El objetivo principal de la norma es que el consumidor pueda reconocer con facilidad qué tipo de alimento está adquiriendo y cuál es su verdadero origen, especialmente en categorías donde existen productos que, por su apariencia o presentación, pueden confundirse con otros tradicionales.
La ley define como producto sucedáneo aquel alimento elaborado con la finalidad de sustituir a otro de origen natural o tradicional, imitando parcialmente sus características, presentación o uso, pero cuya composición nutricional o ingredientes no son exactamente los mismos.
En los supermercados estos productos son cada vez más comunes. Algunos ejemplos incluyen preparados que sustituyen parcialmente al queso elaborado con leche, productos que reemplazan la mantequilla con grasas vegetales, bebidas que buscan ocupar el lugar de la leche o alimentos procesados que utilizan mezclas de ingredientes diferentes a los del producto tradicional. Esto no significa que sean productos prohibidos ni necesariamente perjudiciales para la salud. Su calidad nutricional depende de cada formulación, por lo que algunos pueden contener mayores cantidades de sodio, azúcares o grasas, mientras que otros ofrecen alternativas para personas con determinadas necesidades alimentarias.
Precisamente por esa diversidad, la nueva legislación pone el énfasis en que el consumidor tenga información clara antes de tomar una decisión de compra. La nueva legislación establece que todos los productos alimenticios deberán identificarse claramente como nacionales o importados y, cuando se trate de sucedáneos o imitaciones, los comercios estarán obligados a colocar avisos visibles que permitan al consumidor distinguirlos fácilmente de los productos originales.
Entre otras disposiciones, la ley exige que estos avisos indiquen expresamente que se trata de un “producto sucedáneo” o una “imitación”, además del nombre del producto, el país de origen y si corresponde a un alimento nacional o importado. También regula el tamaño mínimo de los letreros, los colores que deberán utilizarse y su ubicación dentro de góndolas, anaqueles y refrigeradores para garantizar que la información sea visible antes de la compra.
Otra medida busca evitar que los sucedáneos se exhiban mezclados con los productos originales de la misma categoría cuando esa disposición pueda generar confusión entre los consumidores. La intención es que el comprador pueda diferenciarlos de manera inmediata al recorrer los pasillos del supermercado.
La ley también regula la presentación de los alimentos importados, estableciendo que deberán mantener la información que permita identificar su origen y evitar prácticas que puedan inducir a error respecto a su naturaleza o procedencia. En el caso de productos cárnicos congelados, por ejemplo, se prohíbe descongelarlos o trocearlos para ofrecerlos como si fueran carne fresca nacional.
Además de las nuevas reglas para el comercio, la normativa ordena desarrollar campañas nacionales de educación y divulgación para explicar a la población las diferencias entre productos originales, sucedáneos e imitaciones, promover el consumo informado y fortalecer la educación alimentaria. Estas campañas deberán realizarse al menos dos veces al año.
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